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Solo un Ciudadano de los Estados Unidos, mayor de 21 años de edad puede presentar una petición de visa de inmigrante para que un Padre se convierta en Residente Permanente Legal.

Los Padres de un Ciudadano de los Estados Unidos son considerados familiares inmediatos. Las visas siempre están disponibles para familiares inmediatos de Ciudadanos de los Estados Unidos. Esto significa que no hay tiempo de espera para que una visa de inmigrante esté disponible.

Los Ciudadanos de los Estados Unidos también pueden presentar una petición para un Padrastro. No hay limitación en cuanto al número de padres para los cuales un solo Peticionario puede presentar peticiones de visa de inmigrante. Por ejemplo, si los padres biológicos (extranjeros) del Peticionario se divorciaron y ambos se volvieron a casar con otros extranjeros ANTES de que el Peticionario cumpliera 18 años de edad, el Peticionario podría presentar peticiones para su madre biológica y padre biológico, y también para su madrastra y padrastro.

Presentar una petición es solo el primer paso en el proceso para ayudar a sus Padres a inmigrar a los Estados Unidos. La presentación y/o aprobación de una petición NO le otorga a su Padre ningún estatus en los Estados Unidos.

Si su Padre está dentro de los Estados Unidos (después de haber sido admitido(a) legalmente, paroled o está protegido por la §245 (i) del INA); su Padre puede someter la Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus al mismo tiempo que presenta la petición, o una vez que USCIS apruebe la petición, su Padre puede solicitar el Ajuste de Estatus.

Si su Padre se encuentra dentro de los Estados Unidos, pero NO es elegible para ajustar su estatus, él/ella puede necesitar solicitar un Perdón o Exención Provisional por Presencia Ilegal ANTES de salir de los Estados Unidos para presentarse en un Consulado de los Estados Unidos a una entrevista de visa de inmigrante.
    
Si su Padre se encuentra fuera de los Estados Unidos, USCIS enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado para iniciar el pre-proceso de visa de inmigrante, incluyendo la recaudación de las tarifas aplicables, la Solicitud de Visa de Inmigrante, documentos civiles, certificado(s) de policía, Declaración Jurada de Patrocinio Económico y documentos financieros.

NOTA: Los Residentes Permanentes Legales NO son elegibles para presentar una petición para sus Padres. Si es un Residente Permanente y desea hacerse ciudadano para presentar una petición para sus Padres, visite nuestra página de Hágase Ciudadano de los Estados Unidos a través de la Naturalización.

Para presentar una petición para uno de sus Padres:

  • Usted DEBE ser Ciudadano de los Estados Unidos y tener al menos 21 años de edad;
  • Si está presentando una petición para su mamá, debe poder establecer esa relación;
  • Si está presentando una petición para su papá, debe poder establecer esa relación y demostrar que su papá estaba casado con su mamá ANTES de que usted cumpliera 18 años. Si está presentando una petición para su papá y usted nació fuera del matrimonio, debe presentar evidencia de que existió y/o existe una relación de buena fe entre su papá y usted ANTES de que usted cumpliera 21 años de edad.

Para presentar una petición para un Padrastro:

  • Usted DEBE ser Ciudadano de los Estados Unidos y tener al menos 21 años de edad;
  • Si está presentando una petición para un padrastro, debe demostrar que su padre o madre biológico(a) estaba casado(a) con su padrastro o madrastra ANTES de que usted cumpliera 18 años de edad.

Para presentar una petición para su Padre Adoptivo:

  • Usted DEBE ser Ciudadano de los Estados Unidos y tener al menos 21 años de edad;
  • Si está presentando una petición para un padre adoptivo, debe demostrar que la adopción legal tuvo lugar ANTES de que usted cumpliera 16 años de edad.

La tarifa de presentación de USCIS para el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero es $535.

Las tarifas de Signature por los Servicios de Preparación de Formularios NO incluyen las tarifas de presentación de USCIS, las tarifas del servicios biométricos ni ninguna otra tarifa que deba pagarse al gobierno. Cualquier tarifa destinada al gobierno es una tarifa separada y debe pagarse a expensas del Cliente. Signature NO hace eso por usted.

Usted puede pagar las tarifas de presentación de USCIS con un giro postal, cheque personal, cheque de cajero o con tarjeta de crédito. Si paga con cheque o giro postal, debe hacerlo pagadero a nombre de: “U.S. Department of Homeland Security”. Debe enviar todas las tarifas en la cantidad exacta. NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO.

NOTA: Las tarifas de presentación de USCIS y la tarifa de servicios biométricos son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que USCIS tome en su caso o petición, o si retira su petición.

Una vez que USCIS reciba su solicitud o petición, usted recibirá:

  • Formulario I-797C, Notificación de Acción confirmando que se recibió su aplicación y la tarifa de presentación.
  • Si es necesario, USCIS puede enviarle una Solicitud de Evidencia (RFE) para solicitar evidencia inicial o adicional que haga falta.
  • Una Notificación de la decisión o Carta de Aprobación en su caso por correo, si su aplicación es aprobada.

Opiniones de los usuarios

Basados en nuestras experiencias personales como inmigrantes y como profesionales de inmigración, entendemos lo importante que es un caso de inmigración para un cliente. Nos esforzamos por establecer relaciones honestas y confiables con todos nuestros clientes. Estamos comprometidos a ofrecerle a los clientes un servicio rápido y personalizado con el fin de brindarles confianza y tranquilidad durante la tramitación de su caso de inmigración.

Vea lo que dicen nuestros clientes sobre su experiencia personal de trabajar con nosotros:




DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: Signature Immigration Forms, Inc. ("Signature") NO es un Bufete de Abogados y no reemplaza el asesoramiento de un Abogado. Signature está afiliado a Abogados de inmigración independientes con licencia para proporcionar servicios de preparación de formularios de inmigración del gobierno de los EE.UU. bajo la cuidadosa supervisión de los Abogados independientes de inmigración que están autorizados por la ley federal para ejercer la ley de inmigración en CUALQUIER jurisdicción dentro de los EE.UU. Los Abogados de inmigración independientes con licencia han acordado desagregar o separar sus servicios para ofrecer servicios legales de inmigración confiables y asequibles. Signature NO está respaldada ni afiliada a USCIS, DHS ni a ninguna entidad del gobierno de los EE.UU. Las tarifas de servicios de Signature NO incluyen las tarifas de presentación de USCIS, tarifas de servicios biométricos ni ninguna otra tarifa que se pague al gobierno. Cualquier tarifa destinada al gobierno es una tarifa separada y DEBE ser pagada por el Cliente directamente a USCIS. El Cliente es responsable de enviar por correo los formularios completos y firmados, los documentos de respaldo y las tarifas de presentación directamente a USCIS. Signature NO hace eso por los Clientes. Los formularios que preparamos y las instrucciones para los formularios están disponibles de forma gratuita en el sitio web de USCIS. El acceso del Cliente y el uso de cualquiera de los sitios web de Signature están sujetos a nuestros Términos y Condiciones, y nuestra Política de Privacidad. Los Servicios Legales proporcionados por Abogados independientes están sujetos a Términos y Condiciones, Política de Privacidad y Acuerdos de Representación de Alcance Limitado por separado. CA SOS IMM Fianza de Garantía #5292669.


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