un Abogado de Inmigración
Verifique si usted y su hermano(a) son elegibles para aplicar
EMPIECE GRATISPara solicitar que un hermano(a) para que vengan a vivir en los Estados Unidos como Residente Permanente, usted debe ser Ciudadano de los Estados Unidos y tener al menos 21 años de edad. Los Residentes Permanentes Legales no pueden solicitar a sus hermanos para que vengan a vivir a los Estados Unidos.
Se DEBE establecer que el Peticionario y el Beneficiario son o alguna vez fueron "hijos de un padre común".
NO se requiere una relación consanguínea (de sangre) entre el Peticionario y el Beneficiario. La relación padre-hijo se puede establecer a través del nacimiento, la adopción o el matrimonio creando la relación de hermanastros, como en el caso de una relación de padrastro e hijastro.
No se requieren solicitudes de visa separadas para el cónyuge de un hermano(a) o sus hijos solteros menores de 21 años de edad. Ellos son elegibles para los beneficios de reunificación familiar.
Es importante tener en cuenta que los tiempos de espera para las peticiones de hermanos son extraordinariamente largos debido a la cantidad de solicitantes autorizados a inmigrar bajo la categoría de hermanos cada año y las limitaciones o cuotas por país que regulan el número total de solicitantes de ciertos países que están permitidos inmigrar. El hermano de un ciudadano de los Estados Unidos y sus cónyuges e hijos menores se encuentran de último en la lista en la categoría de Cuarta Preferencia Familiar (F4).
Presentar una petición es solo el primer paso en el proceso para ayudar a un hermano(a) inmigrar a los Estados Unidos. La presentación y/o aprobación de una petición NO le otorga a su Padre ningún estatus en los Estados Unidos. Si su hermano(a) vive fuera de los Estados Unidos, no hay manera para que su hermano(a) ingrese a los Estados Unidos antes de inmigrar en base a la petición pendiente. En la mayoría de los casos, el beneficiario de una visa de inmigrante pendiente o aprobada no será elegible para una visa de no-inmigrante, aunque se pueden dar ciertas excepciones.
Opiniones de los usuarios
Basados en nuestras experiencias personales como inmigrantes y como profesionales de inmigración, entendemos lo importante que es un caso de inmigración para un cliente. Nos esforzamos por establecer relaciones honestas y confiables con todos nuestros clientes. Estamos comprometidos a ofrecerle a los clientes un servicio rápido y personalizado con el fin de brindarles confianza y tranquilidad durante la tramitación de su caso de inmigración.
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Después de que su caso es aprobado por el Abogado de Inmigración independiente, Signature le enviará un paquete nítidamente preparado vía USPS Priority Mail® (sin costo adicional) que incluye:
Después de recibir el paquete completo de parte de Signature, usted es responsable de enviar por correo los formularios completos y firmados, los documentos de respaldo y las tarifas de presentación requerida directamente a USCIS. Signature NO hace eso por usted.
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Usted puede pagar las tarifas de presentación de USCIS con un giro postal, cheque personal, cheque de cajero o con tarjeta de crédito. Si paga con cheque o giro postal, debe hacerlo pagadero a nombre de: “U.S. Department of Homeland Security”. Debe enviar todas las tarifas en la cantidad exacta. NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO.
NOTA: Las tarifas de presentación de USCIS y la tarifa de servicios biométricos son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que USCIS tome en su caso o petición, o si retira su petición.
Una vez que USCIS reciba su solicitud o petición, usted recibirá: